Estimados amigos.

Como sabrán, el pasado 14 de Octubre de 2022 fue publicada la DISPOSICIÓN en Materia de Registros ante la CONDUSEF.

  • El artículo décimo tercero transitorio dicho de misma disposición impone a las Instituciones Financieras obligación de clasificar sus contratos de adhesión registrados en RECA de conformidad con el catálogo aplicable a cada sector de acuerdo con la guía de cada sistema.
  • El pasado 8 de marzo fue publicado el catálogo referido en el punto anterior, mismo que adjuntamos a este comunicado para pronta referencia.

QUÉ HACER PARA CUMPLIR CON EL REGISTRO:

  • Revisar que los contratos cargados actualmente en el RECA estén clasificados conforme al nuevo catálogo.
  • Si los contratos cargados no se apagan al nuevo catálogo, será necesario:
  1. Dar de baja el contrato RECA.
  2. Registrarlo nuevamente conforme al producto que corresponda según el nuevo catálogo generado con un nuevo número RECA.
  • Por favor contacten a su ejecutivo de cuenta para la asesoría en esta nueva obligación.

El término para cumplir con la presente obligación es el 31 de marzo de 2023.