Estimados amigos.
Como sabrán, el pasado 14 de Octubre de 2022 fue publicada la DISPOSICIÓN en Materia de Registros ante la CONDUSEF.
- El artículo décimo tercero transitorio dicho de misma disposición impone a las Instituciones Financieras obligación de clasificar sus contratos de adhesión registrados en RECA de conformidad con el catálogo aplicable a cada sector de acuerdo con la guía de cada sistema.
- El pasado 8 de marzo fue publicado el catálogo referido en el punto anterior, mismo que adjuntamos a este comunicado para pronta referencia.
QUÉ HACER PARA CUMPLIR CON EL REGISTRO:
- Revisar que los contratos cargados actualmente en el RECA estén clasificados conforme al nuevo catálogo.
- Si los contratos cargados no se apagan al nuevo catálogo, será necesario:
- Dar de baja el contrato RECA.
- Registrarlo nuevamente conforme al producto que corresponda según el nuevo catálogo generado con un nuevo número RECA.
- Por favor contacten a su ejecutivo de cuenta para la asesoría en esta nueva obligación.
El término para cumplir con la presente obligación es el 31 de marzo de 2023.
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