El día de hoy 14 de octubre de 2022 fue publicado en el DOF las Disposición en Materia de Registros ante la CONDUSEF, misma que contempla lo siguiente:

  • Creación del (Portal Único de Registros) PUR

Será la plataforma implementada por CONDUSEF para acceder a todos los registros de la Comisión (SINE, SIGE, REDECO, REUNE, IFIT, SIPRES, COT, RECO, RECA).

Mediante esta plataforma se podrán recibir oficios y/o requerimientos, así como remitir la información que se requiera por parte de la CONDUSEF.

  • Creación de la Clave CICI y CIC.

La Clave de Identidad CONDUSEF Institucional (CICI), sustituirá a las claves de acceso vigentes y será el medio de autenticación obligatorio para todas las Entidades, mediante el cual se podrá acceder al PUR.

La Clave de Identidad CONDUSEF (CIC), servirá como medio de autenticación ante la CONDUSEF para aquellas personas designadas por el titular de la CICI para dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en las Disposiciones.

  • Actualización en el plazo de los periodos de cumplimiento.

Se modifica la periodicidad del periodo de cumplimiento, debiéndose presentar la información correspondiente a SIPRES, validación de datos de la UNE y niveles de atención REUNE, RESBA, RECO, REDECO, validación de dichas tecinas del IFIT, REUS; dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes.

* El reporte de reclamaciones correspondiente a REUNE, mantiene su periodicidad trimestral.

  • Se establecen nuevos lineamientos en materia de publicidad.

La Disposición prevé términos definidos para publicidad personalizada, publicidad masiva, promoción etc.

Será obligación de las IF a inscribirse en el REUS, así como consultarlo.

Presentar un reporte mensual respecto a los usuarios que decidan no recibir ofertas publicitarias; de igual forma, se deberá reportar las características de la publicidad, así como las actividades publicitarias realizadas por las IF como por terceros.

Nuevos supuestos sobre las prohibiciones en materia de publicidad.

  • Se prevén nuevos supuestos para la perdida de registro.

La Disposición establece supuestos en los cuales se cancelará el registro para la SOFOM, previendo lo siguiente:

  1. Se incumpla con proporcionar o actualizar la información por 3 meses consecutivos; así como incumplir por un periodo de 12 meses a los reportes establecidos.
  2. No acreditar ser usuario de una SIC.
  3. No contar con dictamen técnico.
  4. Identificarse como IF ilocalizable por 3 meses consecutivos.
  5. Los ingresos de la SOFOM provienen de actividades distintas al otorgamiento de crédito, arrendamiento financiero y/o factoraje financiero.
  6. No se hayan comercializado productos o servicios financieros por un periodo de 2 años.
  7. Por solicitud de la CNBV.
  • PLAZOS DE VIGENCIA.

La Disposición entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

La obtención de la clave CICI deberá realizarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las Disposiciones.

La CONDUSEF tendrá como fecha límite para entregar las claves, los siguientes periodos:

  1. 1° de diciembre de 2022, para IF que ya cuenten con claves de autenticación ante la CONDUSEF.
  2. 18 de noviembre de 2022, para IF que no cuenten con claves de autenticación ante la CONDUSEF.